¿Portabilidad del ISSSTE al IMSS? Procedimiento detallado

En el caso de aquellas personas que durante un tiempo estuvieron cotizando en el Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE y luego o después cotizaron desde el IMSS, tal y como nos indica la Ley 73 o 97 del ISSSTE, y no han conseguido completar sus cotizaciones o simplemente buscan aumentar el lado de la pensión, tienes que saber que es posible realizar una portabilidad del ISSSTE al IMSS.

Te en cuenta que el objetivo principal de hacer una portabilidad del ISSSTE al IMSS es la de unificar las cotizaciones realizadas por ambos entes en distintos periodos de la vida del trabajador.

De esta forma se otorgan ciertos derechos a uno de los institutos con el fin de que se realice la portabilidad. A continuación, te vamos a explicar toda la información que consideramos que debes de tener en cuenta:

¿Desde cuando es posible realizar la portabilidad del ISSSTE al IMSS?

Fue en el año 2007 en el que la Ley del ISSSTE fue creada, en donde se indicó la posibilidad de utilizar el beneficio de la portabilidad como una forma de poder incrementar el tiempo cruzado y así poder mejorar la cantidad de nuestra pensión.

El convenio con el IMSS fue avalado en el año 2009 con el fin de poder mejorar los montos de los futuros pensionados, evitando de esta forma que se perdiera el esfuerzo laboral que realizaron durante cierto periodo de tiempo.

¿Cuáles son las diferencias entre el ISSSTE y el IMSS?

Es importante tener en cuenta que hay una gran diferencia entre el ISSSTE y el IMSS, las cuales te vamos a explicar a continuación para asegurarnos de que no haya dudas al respecto:

  • El Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el gobierno es el que se encarga de las regulaciones y la administración de los trabajadores y derechohabientes. También se encarga de pagar la cuota y el gobierno hace los pagos de elementos necesarios como medicina y hospitales.
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el ente que se encarga de la gestión de las aportaciones que se realizan desde la relación laboral de patrón-trabajador, en donde los trabajadores son los encargados de pagar la cuota y el patrón la completa.

¿Cuál es el número de semanas necesarias para pensionarse a través del ISSSTE?

Con el fin de poder pensionarte a través del ISSSTE es necesario contar con entre 500 y 1250 semanas cotizadas, según el régimen al cual se pertenezca, ya sea el décimo transitorio o el régimen de cuenta individual.

Asimismo, se puede solicitar este beneficio cuando se ha alcanzado una edad entre los 60 y los 65 años.

¿Cómo se puede unificar la cotización del IMSS y el ISSSTE?

Para poder unificar las cotizaciones del IMSS y el ISSSTE los trabajadores tienen que pensionarse a través de la modalidad de portabilidad de derecho.

Para que puedan hacer esto tendrán que solicitar la constancia de periodos reconocidos a través de los dos entes. Luego de hacer esto podrá hacer empezar con el trámite para solicitar la pensión.

Un detalle muy importante que se debe de tener en cuenta es que la solicitud se debe realizar en el ente en el que el trabajador se dio de baja más recientemente. Esto significa que tendrá que estar dado de baja en los dos entes y tendrá que presentar su solicitud en el último en el que se dio de baja. Así, si el último periodo de trabajador lo tuvo con el IMSS, entonces tendrá que hacerlo a través del IMSS. Mientras que si fue a través del ISSSTE tendrá que realizarlo a través de este.

Para poder hacer el trámite es necesario presentarse en la Coordinación de la Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos si se trata del IMSS, mientras que tendrá que ir a la Subdirección de Afiliación y Vigencia de Derechos de la Secretaría General si se trata del ISSSTE.

¿Dónde está la coordinación de Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos del IMSS?

Se encuentra en:

  • Paseo de la Reforma, No 476, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.

¿Dónde está la subdirección de Afiliación y Vigencia de Derechos de la Secretaría general del ISSSTE?

En este caso debes de tener en cuenta que hay hasta 18 sucursales de afiliación y vigencia de derechos del ISSSTE.

Para poder encontrar el más cercano a ti puedes revisar este PDF y así poder encontrar la información que necesitas sin complicaciones. En cada ubicación encontrarás la dirección y los teléfonos de contacto.

¿Cuáles son los requisitos para realizar la portabilidad del ISSSTE-IMSS?

Ahora vamos a destacar la lista de requisitos que debes de tener en cuenta para poder realizar la portabilidad sin complicaciones:

  • Tener una edad mínima de 60 años.
  • Tener cotizaciones en los dos entes.
  • La última cotización debe de haberse hecho en el ente en el que se obtendrán los derechos (si el último registro fue con el IMSS, no puede hacerse con el ISSSTE, y viceversa.
  • La Constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE y el IMSS.
  • Estar en el Periodo de Conversación de Derechos del IMSS.
  • Formar parte de la Ley 73 y 97 ISSSTE-IMSS
  • Pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE.

¿Es conveniente hacer la portabilidad del IMSS al ISSSTE o del ISSSTE al IMSS?

En este caso se debe de tener claro que cada caso es único y particular, por lo que cada uno debe de ser analizado de forma individual para determinar qué es lo más conveniente.

Pero debes de tener en cuenta que en la gran mayoría de los casos realizar el trámite para portabilidad es una buena decisión, ya que de esta forma se consigue mejorar los beneficios.

Asimismo, se debe de tener en cuenta que es posible que la portabilidad más recomendada sea por medio de la Ley 73 del IMSS, ya que por lo general con esta se pueden obtener mayores beneficios para los trabajadores.

¿En caso de que la última cotización haya sido en el ISSSTE, se puede unificar las semanas con el IMSS?

Tal y como hemos mencionado en párrafos anteriores, la portabilidad del ISSSTE-IMSS solo se puede realizar en el ente en el que se hizo la última cotización.

Esto quiere decir que, si en tu caso específico quieres unificar desde el IMSS, entonces tendrás que estar seguro de que tu última cotización fue con el IMSS, o bien, que la baja se haya dado al mismo tiempo en los dos entes.

¿Se puede unificar el ISSSTE y el IMSS cuando se pertenece al régimen Décimo Transitorio?

Desgraciadamente las personas que cotizaron a través de este régimen antes o durante el año 2007 no tienen la opción del beneficio de la portabilidad.

¿Puedo hacer la portabilidad si no elegí el Régimen en el ISSSTE en el año 2007 por inactividad?

En caso de que por inactividad no hayas seleccionado ningún régimen, entonces pasarás a formar parte del régimen Décimo Transitorio, por lo que no podrás aplicar a la portabilidad IMSS-ISSSTE.

Pero en este caso, debido a que no hiciste una elección, al momento de cotizar por lo menos durante 1 año a través del ISSSTE, pasarás a formar parte del régimen de Cuentas Individuales, por lo que tendrás la opción de optar por la unificación de cotizaciones con el IMSS.

Índice
  1. ¿Desde cuando es posible realizar la portabilidad del ISSSTE al IMSS?
  2. ¿Cuáles son las diferencias entre el ISSSTE y el IMSS?
  3. ¿Cuál es el número de semanas necesarias para pensionarse a través del ISSSTE?
  4. ¿Cómo se puede unificar la cotización del IMSS y el ISSSTE?
    1. ¿Dónde está la coordinación de Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos del IMSS?
    2. ¿Dónde está la subdirección de Afiliación y Vigencia de Derechos de la Secretaría general del ISSSTE?
  5. ¿Cuáles son los requisitos para realizar la portabilidad del ISSSTE-IMSS?
  6. ¿Es conveniente hacer la portabilidad del IMSS al ISSSTE o del ISSSTE al IMSS?
  7. ¿En caso de que la última cotización haya sido en el ISSSTE, se puede unificar las semanas con el IMSS?
  8. ¿Se puede unificar el ISSSTE y el IMSS cuando se pertenece al régimen Décimo Transitorio?
  9. ¿Puedo hacer la portabilidad si no elegí el Régimen en el ISSSTE en el año 2007 por inactividad?

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  1. José Luis De la Rosa dice:

    Si cotice para el issste y el imss, el último empleo estuve en el imss. En el issste estoy en el décimo transitorio. Puedo hacer la portabilidad issste-imss??

    1. Gerardo Martinez dice:

      no

  2. ALEJANDRO JAVIER TAVARES D.L. dice:

    Para acceder a la portabilidad de derechos IMSS-ISSSTE, y siendo el IMSS el ultimo lugar donde estoy cotizando, se necesita seguir activo en el IMSS o ya no estar cotizando en dicho instituto. Y si me pueden decir de favor en que ley o normatividad y el artículo correspondiente, esta contenida la respuesta a mi pregunta. Gracias

  3. Rosa Elvira dice:

    empecé a cotizar en el imss en el 93, posterior empecé a cotizar en el issste, dejé de cotizar en el issste ya hora cotizo al imss; coticé durante 15 años en el issste y llevo cotizando casi 7 años en el imss, me conviene entrar a la modalidad 40? si entro a la modalidad 40 ya puedo realizar la portabilidad?

  4. María Alejandra Flores Flores dice:

    Para tramitar la portabilidad, debo primero gestionar la negativa de pensión en el ISSSTE?
    El recurso que el ISSSTE genere como Bono, no debe retirarse ¿cierto?
    Gracias

  5. juan mendez medina dice:

    90 -9'1 imss 95 2022 isste deseo terminar mi vida laborar en el imss tengo 54 años y tratar de pensionarme bajo la ley 73 imss puedo

  6. MARTHA MARTINEZ dice:

    Voy a pensionarme por el seguro social ley 73 y en el issste trabaje 9 años asi que quiero hacer portabilidad al imss, desde que años me consideran la portabilidad de mi antiguedad en el issste ya que empece ahi en el 89 y me dicen que esos años no los consideran.

    Tambien quiero saber si cuando me entreguen mi afore si al hacer la portabilidad todos los recursos exepto las de cesantia y vejez que se quedan para la pension me entregaran? ya que me dicen que al realizar portabilidad se quedan con todas las subcuentas del issste y que solo con un juicio podre recibirlo. Gracias

  7. ARCADIO NAJERA CORTES dice:

    Para llevar a cabo el convenio de portabilidad ISSSTE-IMSS, debo renunciar antes a mi empleo actual que pertenezco que es al gobierno federal y a la vez estoy pagando MOD.40 ya que estoy por cumplir 60 años si es conveniente llevar a cabo dicha portabilidad

    1. Mario perez santos dice:

      buenos dias una pregunta acerca de mi caso : inicie una relación laboral en el año 1978 iniciando a cotizar al IMSS dejo de cotizar en el al
      IMSS. en el año de 2005 teniendo un total de 1300 semanas cotizadas avaladas por reporte de semanas cotizadas y en año de 2008 ingreso al sector gobierno en donde actualmente trabajo teniendo una antigüedad de 10 años en base a reporte de SINAVID en donde me indica que estoy bajo el régimen de cuentas individuales . y aunando a todo esto llevo casi 1un año inscrito en modalidad 40 aportando al máximo de 25 umas a tope mi pregunta es puedo realizar la portabilidad del ISSSTE AL IMSS en el momento que me de, de baja en modalidad 40 y renuncie o pida mi baja al mismo momento a gobierno.

  8. JORGE LUIS LÓPEZ SOTO dice:

    Estoy en el décimo transitorio y llevo 23 años cotizado con 55 años de edad, y anterior a este empleo cotise 350 semanas al IMSS QUE ES LO QUE PROCEDE PARA MI PENSIÓN O JUBILACIÓN A FUTURO

  9. Ana Maria dice:

    Estuve cotizando ISSSTE del 2002 al 2008. Cambie de trabajo en Sept. de 2008 con una baja temporal de 1 año en ISSSTE. YO NO FIRMÉ cuando se estaba haciendo la selección de régimen (ISSSTE) porque me estaba cambiando de trabajo pero me dejaron en 10mo. transitorio.
    Con este nuevo convenio (julio 2023) Es posible renunciar al 10mo. transitorio por esta causa y cambiar a cuentas individuales para así hacer mi portabilidad de esos 6 años al ISSSTE?
    Gracias por la atención a la presente

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